Establecer como requisito para la aprobación interna de tratados internacionales en donde el país ceda soberanía nacional la realización de un plebiscito para su aprobación o rechazo, según el resultado. Aún así, el Presidente de la República podrá someter el tratado, además, a la aprobación del Congreso Nacional si así lo estima conveniente. Será el Tribunal Constitucional el que, se oficio, se referirá sobre la situación de la soberanía en tratados internacionales y la procedencia o no del plebiscito
Plebiscito para tratados internacionales
Por
Anónimo
Rodrigo
Meléndez Barrena
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