Artículo 101, párrafo 3: Las Fuerzas Armadas y Carabineros, como cuerpos armados, son esencialmente obedientes y no deliberantes. Las fuerzas dependientes de los Ministerios encargados de la Defensa Nacional y de la Seguridad Pública son, además, profesionales, jerarquizadas y disciplinadas, no pudiendo conformar asociaciones que los representen ante la autoridad, con el objeto de garantizar sus derechos laborales, condiciones de seguridad en el trabajo y de bienestar
Derechos ciudadanos del personal militar
Por
Anónimo
Enrique
Cordovez
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