Artículo 22, párrafo 3: El servicio militar y demás cargas personales que imponga la ley son obligatorios en los términos y formas que ésta determine. En los casos del servicio militar y de la movilización nacional, quienes participen o aporten a estas actividades recibirán los incentivos, compensaciones y beneficios que establezca la ley
Derechos ciudadanos del personal militar
Por
Anónimo
Enrique
Cordovez
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